Esta línea es la indicada para los asociados que requieran realizar reparaciones en bienes inmuebles de su propiedad y/o su cónyuge o compañero (a) permanente.
Cupo: La cantidad máxima será determinada por la capacidad de pago, las garantías y el cumplimiento de las condiciones establecidas en el reglamento.
Tasa de Interés: 12.0% AMV
Plazo máximo: 180 meses
El asociado debe tener una antigüedad de 12 meses en el Fondo.
Documentación para la solicitud de Crédito:
- Presentar la solicitud de crédito debidamente diligenciada sin tachones ni enmendaduras.
- Empleado CIAT debe presentar los desprendibles de nómina de las 4 últimas quincenas.
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía ampliada al 150% para no empleados CIAT.
- Si es pensionado ser menor de 70 años, se requiere los dos (2) últimos comprobantes de pago de mesada pensional.
- Personas laboralmente activas vinculadas a una empresa legalmente constituida, deben contar con una antigüedad mínima de seis (6) meses; para demostrarlo debe presentar la certificación laboral con fecha de expedición no mayor a 30 días y los comprobantes de los dos (2) últimos meses de pago de nómina.
- Por la actividad de independientes, se debe presentar certificado de ingresos firmado por Contador Público anexando fotocopia de la tarjeta profesional o certificado de antecedentes emitidos por la Junta Central de Contadores no mayor a 30 días.
- Copia de los tres (3) últimos extractos de las cuentas bancarias.
- Presupuesto y/o contrato de obra en las que se relacionen las obras a realizar.
- Certificado de tradición actualizado del inmueble en el cual se van a realizar las reparaciones.
- La administración de CRECIAT está facultada para solicitar a los asociados que requieran créditos, la actualización del avalúo comercial de los inmuebles que tengan hipotecados a CRECIAT, cuando el avalúo tenga una antigüedad de más de tres (3) años.
- En el proceso de construcción CRECIAT podrá ordenar visitas de inspección, que permitan conocer el avance de la obra y condicionar los desembolsos.
Los deudores solidarios deben estar al día con las obligaciones reportadas en las centrales de riesgo. La consulta a las centrales de riesgo se realizará de acuerdo con lo exigido por las normas legales vigentes.